Promoción interna
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección para acceso al Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, por el sistema de promoción interna, constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Concurso.
C) Curso selectivo.
A) Fase de oposición
La fase de oposición, que tendrá una duración máxima de seis meses, constará de un único ejercicio formado por dos partes obligatorias y eliminatorias, que se realizarán en la misma fecha de manera sucesiva. La celebración del ejercicio se realizará dentro de un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2023. Con carácter general el Tribunal, en virtud del principio de agilidad, podrá utilizar medios de carácter telemático en la celebración de las pruebas de la fase de oposición, sin perjuicio del principio de objetividad.
La calificación de la fase de oposición, para las personas aspirantes que superen las dos partes eliminatorias de las que consta el ejercicio, vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes del ejercicio. El número de personas aprobadas en esta fase podrá ser superior al de plazas convocadas.
Para la realización del ejercicio las personas aspirantes deberán observar las indicaciones y medidas de protección recomendadas por las autoridades sanitarias y observar las medidas que pueda acordar el propio Tribunal en función de los concretos ejercicios y las circunstancias en que se lleven a cabo.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización del ejercicio, los criterios de corrección, valoración y superación del mismo, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Desarrollo del ejercicio
El ejercicio consistirá en dos partes obligatorias y eliminatorias que se realizarán el mismo día de manera sucesiva con una duración total de tres horas para el personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, prestando servicios efectivos en este Cuerpo, durante al menos dos años, como personal funcionario de carrera y de tres horas y cuarenta y cinco minutos para el resto de funcionarios y funcionarias.
Primera parte del ejercicio
a) Personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, que se encuentren prestando servicios efectivos en este cuerpo, durante al menos dos años, como personal funcionario de carrera.
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas múltiples, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, correspondientes a las partes segunda y tercera del temario, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las contestaciones en blanco no penalizarán.
Las preguntas versarán sobre la parte segunda y tercera del temario, siendo el tiempo de duración de esta primera parte del ejercicio de una hora y cuarenta y cinco minutos.
b) Resto de funcionarios y funcionarias:
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, una por cada parte en que esta divido el temario, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las preguntas de la respectiva parte del temario. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las contestaciones en blanco no penalizarán.
Del número total de preguntas, 50 versarán sobre la parte primera del temario, y 100 preguntas versarán sobre la parte segunda y tercera del temario, siendo el tiempo de duración de esta primera parte del ejercicio de dos horas y treinta minutos.
c) La calificación de esta primera parte eliminatoria del ejercicio será de 0 a 50 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 25 puntos para realizar la corrección de la segunda parte del ejercicio.
La calificación de las personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria, siempre y cuando no sean restrictivas para las personas aspirantes.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.13 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a la primera parte del ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización.
Las personas aspirantes que superaron la primera parte del ejercicio de la convocatoria anterior con nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima (50 puntos) de aquella convocatoria y no superaron el proceso selectivo finalmente, quedan exentas de realizar la primera parte del ejercicio en la presente convocatoria, computándoseles una puntuación equivalente a la obtenida de acuerdo con las
presentes bases.
No obstante, si las personas aspirantes optan por realizar la primera parte del ejercicio del que hubieran quedado exentas, quedará sin efecto el resultado obtenido en el mismo en la convocatoria inmediatamente anterior. En cualquiera de los dos casos, para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas.
Segunda parte del ejercicio
Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal. Dicho supuesto expondrá una serie de hechos relacionados con la actividad de la Administración, planteando a continuación seis preguntas relacionadas con las materias de la parte segunda y tercera del temario. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de setenta y cinco minutos.
Una vez concluida esta segunda parte del ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada persona aspirante lo firmará, introduciéndolo en un sobre que será cerrado y firmado por la persona interesada y por una persona miembro del Tribunal Calificador. La corrección de la segunda parte del ejercicio solo se realizará para las personas aspirantes que hayan superado la primera parte del mismo.
La lectura de la segunda parte del ejercicio solo se realizará por las personas aspirantes que hayan superado la primera parte del ejercicio. La lectura se realizará en sesión pública ante el Tribunal, que en este acto podrá realizar al aspirante cuantas preguntas considere necesarias, durante un tiempo máximo de quince minutos. El Tribunal citará a las personas aspirantes en la sede o sedes que determine, y en el día y hora que se les indique con antelación suficiente, pudiendo hacer uso para la celebración de las sesiones del sistema de videoconferencia.
La calificación de esta segunda parte eliminatoria del ejercicio será de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.
Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de las personas aspirantes en la realización del ejercicio. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Las personas aspirantes que superen la primera parte del ejercicio con nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima que puede obtenerse (50 puntos) y no superen el proceso selectivo finalmente, quedarán exentas de realizar la primera parte del ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, computándoseles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando, tanto el proceso selectivo como esta parte del ejercicio sea análogo en el contenido y en la forma de calificación al actual.
Las personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario de Organismos Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
B) Fase de concurso
En esta fase sólo se valorarán los méritos a las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán, los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en cuerpos del grupo C1, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), así como el grado personal consolidado en la fecha de publicación de esta convocatoria, el trabajo desarrollado, según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo titular en la fecha de publicación de esta convocatoria, las titulaciones, el ámbito funcional en que preste servicios el funcionario o funcionaria, y la puntuación obtenida en la fase de oposición de la convocatoria anterior, hasta un máximo de 75 puntos.
La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
A) Antigüedad. La antigüedad del funcionario o la funcionaria en cuerpos del grupo C1, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 1,00 puntos, hasta un máximo de 25 puntos.
B) Grado personal consolidado. Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, en la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 18 puntos:
Grado 14: 12 puntos.
Grados 15-16: 13 puntos.
Grado 17: 14 puntos.
Grados 18-19-20: 16 puntos.
Grado 21: 17 puntos.
Grados 22: 18 puntos.
C) Trabajo desarrollado. Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo el día de publicación de esta convocatoria, en el «Boletín Oficial del Estado», como funcionario o funcionaria del subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 14 puntos.
Nivel 14: 9 puntos.
Niveles 15-16: 10 puntos.
Nivel 17: 11 puntos.
Niveles 18-19-20: 12 puntos.
Nivel 21: 13 puntos.
Nivel 22: 14 puntos.
A las personas funcionarias en comisión de servicios, se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a las personas funcionarias en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo C1.
A las personas funcionarias que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares con reserva de puesto de trabajo, se les valorará el nivel del puesto reservado, y a las personas funcionarias en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
D) Ámbito funcional. Por estar destinado, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, en puestos de trabajo del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y de la Entidad Pública Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, 10 puntos.
E) Títulos. Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 6 puntos.
– Por estar en posesión de la Licenciatura o Grado en Derecho, Psicología, Pedagogía, Sociología, Administración y Dirección de Empresas, Económicas, Ciencias Empresariales, Educación Social o Grado en Criminología: 2 puntos por cada una de ellas, hasta un máximo de 4 puntos.
– Por estar en posesión del título de Máster en Gestión Estratégica de la Administración Penitenciaria del Programa de Gestión, Intervención y Administración Penitenciaria de la UNED (y también la titulación de Máster Universitario del anterior Programa Modular en Dirección de Instituciones Penitenciarias de la UNED): 2 puntos. En ningún caso se valorará el título de Diploma de Experto Universitario que sirva para la
obtención del título del citado Máster.
– Por estar en posesión del Diploma de Experto Universitario del Programa de Gestión, Intervención y Administración Penitenciaria de la UNED (y también la titulación de Experto Universitario del anterior Programa Modular en Dirección de Instituciones Penitenciarias de la UNED): 1 punto por cada uno de ellos, hasta un máximo de 2 puntos.
F) Por tener superada la fase de oposición en la anterior convocatoria de promoción interna para acceso a este cuerpo, se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 2 puntos:
– Por haber obtenido una puntuación entre 50 y 75 puntos: 1 punto.
– Por haber obtenido una puntuación entre 76 y 100 puntos: 2 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V de esta convocatoria y deberá ser cumplimentada por el Jefe/Jefa de la Unidad donde esté prestando servicios el funcionario o la funcionaria.
Finalizadas la fase de oposición y concurso, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad.
2. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
4. Mayor puntuación obtenida en el apartado del grado personal.
Si aplicados estos cuatro criterios continuara el empate, se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
C) Curso selectivo
El curso selectivo se regulará por resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias y tendrá una duración inferior a tres meses. Se podrá impartir en una o en varias sedes y de manera que podrá ser presencial, por videoconferencia o de forma mixta. Las personas funcionarias deberán solicitar un permiso para la realización del mismo y una vez finalizado se incorporarán a los puestos de trabajo del cuerpo de procedencia, hasta la fecha de su nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, en el «Boletín Oficial del Estado».
El curso selectivo, será calificado de «apto/apta» o «no apto/apta», siendo necesario obtener la calificación de «apto/apta» para poder superar todo el proceso selectivo.
Las sesiones formativas programadas serán de carácter obligatorio, y para obtener la calificación de «apto/apta» deberá completar al menos el 80 % de las horas lectivas programadas.
En la resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias que regule esta fase, se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación, así como el programa, en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género y las materias objeto de evaluación.
No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
La Secretaria de Estado de Función Pública nombrará funcionarios y funcionarias de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
Turno libre
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección para acceso al Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, por el sistema general de acceso libre, constará de dos fases:
A) Oposición.
B) Periodo de prácticas.
A) Fase de oposición
Para la realización de los diferentes ejercicios los opositores y las opositoras deberán observar las medidas de protección recomendadas por las autoridades sanitarias y observar las medidas que pueda acordar el propio Tribunal en función de los concretos ejercicios y las circunstancias en que se lleven a cabo. El Tribunal hará público un cronograma orientativo con las fechas de realización del proceso selectivo.
La fase de oposición tendrá una duración máxima de nueve meses y constará de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 150 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las contestaciones
en blanco no penalizarán.
La duración máxima de este ejercicio será de dos horas y treinta minutos.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización del ejercicio, los criterios de corrección, valoración y superación del mismo, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En este ejercicio de la fase de oposición, la calificación de las personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria, siempre y cuando no sean restrictivas para las personas aspirantes.
La celebración de este primer ejercicio se realizará dentro de un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2023.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.13 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a la primera parte del ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización.
Segundo ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito a tres temas para lo que se dispondrá de cuatro horas; al terminar dicho ejercicio se introducirá en un sobre que será firmado en su exterior por la persona aspirante y un miembro del Tribunal. El referido sobre será custodiado por el Tribunal. Para determinar los temas que se deban desarrollar por la escrito, inmediatamente antes del ejercicio, de forma pública, se procederá a la
extracción, al azar, de dos bolas numeradas que se corresponderán con dos temas de la parte primera del temario, otras dos bolas se corresponderán con dos temas de la parte segunda, y otras dos bolas que se corresponderán con dos temas de la parte tercera, debiendo las personas aspirantes contestar a un tema de cada parte, a su elección, de entre los números extraídos. Las personas aspirantes serán citadas posteriormente para proceder a la lectura del ejercicio.
Cuando a juicio del Tribunal sea notoria o evidente la insuficiencia o falta de adecuación a los temas preguntados, éste podrá invitar al opositor u opositora a que dé por finalizada la lectura de estos.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Para la lectura de este ejercicio el Tribunal citará a los opositores y las opositoras en la sede o sedes que determine, y en el día y hora que se les indique con antelación suficiente.
En el caso de realizarse la lectura del ejercicio por videoconferencia, se procederá a la identificación del aspirante por parte de un miembro del Tribunal. La lectura del ejercicio se realizará en una sala de videoconferencia acondicionada con los medios técnicos necesarios de forma que permita la conexión en tiempo real entre la persona aspirante y el Tribunal. En la sala de videoconferencia el representante del Tribunal
verificará que no se disponga de material o instrumentos de ayuda o consulta. Además, la persona aspirante deberá desconectar antes de la entrada a la sala de videoconferencia, el teléfono móvil o cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.
Tercer ejercicio:
Se tratará de un ejercicio de carácter práctico, consistirá en la elaboración durante un tiempo máximo de tres horas, de la respuesta a un supuesto práctico acorde con las competencias atribuidas a los funcionarios y las funcionarias del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias con base en las cuestiones e información documental que les facilite el Tribunal y podrá versar sobre el contenido de todo el temario.
Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada aspirante lo firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por la persona aspirante y por un miembro del Tribunal. El ejercicio será leído, previa acreditación de la persona del aspirante, en la sede que se determine y en el día y hora que se les indique con antelación suficiente, pudiendo ser por medio de videoconferencia, en la fecha que se señale ante el Tribunal, y pudiendo éste debatir con la persona aspirante el contenido del ejercicio.
En el caso de realizarse la lectura del ejercicio por videoconferencia, se procederá a la identificación del aspirante por parte de un miembro del Tribunal que actuará en su nombre. La lectura del ejercicio se realizará en una sala de videoconferencia acondicionada con los medios técnicos necesarios de forma que permita la conexión en tiempo real entre la persona aspirante y el Tribunal. En la sala de videoconferencia el representante del Tribunal verificará que no se disponga de material o instrumentos de ayuda o consulta. Además, la persona aspirante deberá desconectar antes de la entrada a la sala de videoconferencia, el teléfono móvil o cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Finalizada la fase de oposición, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.º Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Si aplicados estos tres criterios continuara el empate, se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de personas aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
B) Periodo de prácticas
El período de prácticas tendrá una duración total inferior a doce meses y se regulará por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias en la que se fijará el órgano encargado de efectuar la evaluación, duración de las fases, programa, en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género, materias objeto de evaluación y determinación de los Centros Penitenciarios o Unidades de los Servicios Centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias en que se desarrollarán las prácticas.
El periodo de prácticas constará de las dos siguientes fases:
1.ª Fase: Formativa. Consistirá en un curso formativo, que se podrá impartir, en una o en varias sedes y de manera presencial, por videoconferencia o de forma mixta. Las decisiones que se adopten serán comunicadas a las personas aspirantes seleccionadas con la antelación suficiente. Esta fase formativa versará sobre las materias propias de la función asignada a los funcionarios y las funcionarias del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.
Esta fase será calificada con «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario obtener la calificación de «Apto/Apta», para poder acceder a la segunda fase del período de prácticas.
Las sesiones de este periodo son de carácter obligatorio, y para obtener la calificación de «Apto/Apta» será requisito imprescindible que la persona aspirante haya realizado, al menos, el 80 % del total de las jornadas lectivas de esta primera fase, con independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
2.ª Fase: Prácticas en Centros Penitenciarios o Unidades de los Servicios Centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Esta segunda parte del período de prácticas será calificada con «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesaria la calificación de «Apto/Apta» para superar esta fase y el Período de Prácticas completo.
Las asistencias en este periodo son de carácter obligatorio, y para obtener la calificación de «Apto/Apta» será requisito imprescindible que la persona aspirante haya realizado, al menos, el 80 % del total de las jornadas lectivas de esta segunda fase, con independencia de las causas que hayan motivado la ausencia.
Los Centros o Unidades de los Servicios Centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias elevarán propuesta de calificación al órgano encargado de efectuar la evaluación. Las personas aspirantes, una vez finalizado y superado el período de prácticas, permanecerán en los Centros Penitenciarios o en las Unidades de los Servicios Centrales de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de su nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente.
La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios y funcionarias de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieren superado el proceso selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».